Responsalibidad del administrador

La responsabilidad y la protección del Administrador de la empresa

La Ley concursal, establece la obligación de presentar concurso voluntario de acreedores, con la nueva ley, incluso hasta con tres meses de que el administrador hubiera conocido o debido conocer la situación de insolvencia de la empresa.


Las consecuencias de no hacerlo, están reguladas tanto por la propia Ley concursal como por la Ley de Sociedades de capital.


Entre ellas, están:

  • Declaración de culpabilidad del concurso.
  • Derivación de la responsabilidad civil contra el Administrador y sus bienes personales por las deudas de la sociedad.
  • Inhabilitación para ejercer en el futuro como Administrador de empresas.

Artículo 367 LSC, (Ley de sociedades de capital):


» 1. Responderán solidariamente de las obligaciones sociales posteriores al acaecimiento de la causa legal de disolución los administradores que incumplan la obligación de convocar en el plazo de dos meses la junta general para que adopte, en su caso, el acuerdo de disolución, así como los administradores que no soliciten la disolución judicial o, si procediere, el concurso de la sociedad, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha prevista para la celebración de la junta, cuando ésta no se haya constituido, o desde el día de la junta, cuando el acuerdo hubiera sido contrario a la disolución. …/…»


La Sentencia del Tribunal Supremo 399/2014, 21 de Julio de 2014 que constituye jurisprudencia, exige que las deudas hayan sido contraídas el tiempo en que existe la obligación de liquidar la sociedad o iniciar Concurso de Acreedores.


Es por todo ello muy importante, contar con profesionales como INFOPREMIUM, que le ayuden a llevarlo acabo, con un asesoramiento de principio a fin.




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